La ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) señala que:
- Es el órgano encargado de la planificación integral del Municipio.
- Diseña el Plan de Desarrollo Municipal y los demás planes municipales.
- Garantiza la participación ciudadana y protagónica en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes municipales, así como su articulación con el Sistema Nacional de Planificación.
- De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
- El Consejo Local de Planificación Pública responderá a las características propias de cada Municipio.